Cuando la vía diplomática no da resultados, pero existe el ánimo de llegar a una solución de manera pacífica, el arbitraje es una de las dos vías jurisdiccionales que ofrece el derecho internacional público a los países para resolver sus controversias (la otra es el recurso a una corte permanente), que pueden versar sobre la delimitación de fronteras o cualquier otro asunto jurídico internacional. A diferencia de un juicio ante la Corte Internacional de Justicia, en el que un Estado demanda a otro ante un organismo con sede e integrantes permanentes, el arbitraje surge de un compromiso entre las partes incluido en un tratado o suscrito para la ocasión. No se trata de una mediación ni una negociación, es un procedimiento normado que tiene la particularidad que la selección del tribunal la deciden en conjunto los Estados que lo convocan.
Una vez constituido, el tribunal arbitral y las partes acuerdan las reglas y procedimientos que regirán el proceso arbitral, tales como la duración y plazos, la presentación de pruebas y otros aspectos logísticos. El proceso puede incluir memorias, contramemorias y réplicas; audiencias orales y otras instancias que las partes hayan convenido.
Habiendo evaluado las pruebas y argumentos, el árbitro emite una decisión final conocida como "laudo arbitral". Este laudo no es apelable y es de carácter vinculante para los Estados, es decir obligatorio. Tras emitir el laudo, el tribunal arbitral se disuelve.