Controversia relativa
al estatus y el uso
de las aguas del Silala
CHILE → BOLIVIA
2016-2022
LA CONTROVERSIA
El río Silala es un curso de agua internacional que nace a 4551 metros sobre el nivel del mar en el Departamento de Potosí, en Bolivia. Por efecto de la gravedad, fluye hacia Chile, cruza la frontera en la región de Antofagasta, y se une al río Cajón para conformar el San Pedro de Inacaliri, que a su vez llega al río Loa. Si bien el Silala es un río pequeño, tiene un flujo constante y ha sido de gran utilidad para ambos países, tanto en la industria como para el consumo humano.
Chile y Bolivia definieron sus fronteras al terminar la guerra del Pacífico (1879-1884). El asunto quedó sellado con el Tratado de Paz y Amistad de 1904, en el que ambos países aprobaron un mapa común donde el Silala figura pasando desde Bolivia a Chile como un río internacional. Durante los años posteriores, ambos estados ejercieron soberanía sobre sus aguas, incluso otorgando concesiones para el funcionamiento del Ferrocarril Antofagasta Bolivia, operado por la empresa de capitales británicos The Antofagasta-Bolivia Railway Company, que construyó canalizaciones para mejorar el caudal del río.
Durante todo el siglo XX, el Silala no generó conflicto entre los países vecinos, pero esto cambió abruptamente en 1999, cuando Bolivia envió una nota diplomática a Chile en la que reclamaba el uso exclusivo de las aguas del Silala y aseguraba que este no era un río internacional, sino un manantial artificialmente desviado a territorio chileno. Ante el cambio de posición por parte de Bolivia, Chile ofreció tratar el asunto en reuniones bilaterales, las que se desarrollaron entre 2004 y 2010, pero que no rindieron frutos pues Bolivia seguía negando el carácter internacional del río.
En marzo de 2016, el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales, anunció que presentaría una demanda ante la Corte Internacional de Justicia en contra de Chile por lo que consideraba un uso ilegal de las aguas del Silala, junto con exigir una indemnización histórica de mil millones de dólares. En respuesta, y anticipándose a la acción boliviana, el 6 de junio de ese mismo año Chile ingresó una demanda ante la CIJ solicitando que se pronunciara sobre el estatus y uso de las aguas del Silala. De esta manera, se inició el caso que vendría a ser decidido por la CIJ en 2022.
EL PROCESO
Con el objetivo de obtener certezas jurídicas sobre la controversia por el uso de las aguas del río Silala, la presidenta Michelle Bachelet ordenó demandar a Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia.
El litigio en La Haya comenzó el 6 de junio de 2016 con la Solicitud de inicio de procedimiento de Chile contra Bolivia. En la presentación, la Agente chilena Ximena Fuentes pidió a la CIJ que juzgue y declare que: el Silala es un río internacional, que Chile tiene derecho al uso equitativo y razonable de sus aguas, que los usos que se le dan actualmente están permitidos, que Bolivia está obligada a mantener libre de contaminación y cualquier otra alteración de las aguas que perjudique a Chile, y que Bolivia debe notificar a Chile de cualquier acción que pueda tener efectos adversos sobre el Silala. Un año después, el 3 de julio de 2017, el equipo jurídico chileno presentó la memoria, texto de seis tomos donde se demuestra con datos científicos e históricos la naturaleza internacional del Silala y las contradicciones de Bolivia respecto de este río transfronterizo.
La respuesta boliviana llegó en agosto de 2018, pero además de la contramemoria, que rebate los argumentos chilenos, el agente Eduardo Rodríguez sumó una contrademanda a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, donde le solicita a la CIJ que juzgue y declare que: Bolivia tiene soberanía sobre las canalizaciones artificiales construidas en su territorio, que contribuirían a aumentar el cauce del río y por tanto el derecho a decidir cómo las mantendrá, y que cualquier entrega de agua de Bolivia hacia Chile debe ser convenida en un acuerdo específico.
En su fase escrita, el proceso continuó con la réplica de Chile (15 de febrero de 2019), seguida de la dúplica boliviana (15 de mayo de 2019), para terminar con la entrega de un documento (16 de septiembre de 2019) donde Chile responde a la contrademanda y añade más antecedentes.
La fase oral del juicio no pudo realizarse sino hasta 2022, debido a una suspensión de dos años producto de la pandemia de Covid 19. Tras retomar sus funciones de manera presencial, la CIJ citó a las partes para las audiencias públicas entre el 1 y 14 de abril de ese año. En la fecha señalada, llegaron al Palacio de la Paz los equipos jurídicos de ambos países y durante dos semanas se realizaron dos rondas de alegatos, además de interrogatorios del jurado y las partes a los expertos convocados por Chile y Bolivia. En esta instancia, generosamente cubierta por medios de comunicación de todo el mundo, se pudieron conocer en detalle las posturas de Chile y Bolivia, los argumentos de cada lado y el funcionamiento de la Corte Internacional de Justicia. También quedaron en evidencia los cambios en la postura de Bolivia durante todo el juicio, giros que incidirían de manera definitiva en el resultado.
Una vez terminada la fase oral, la Corte fijó la lectura de la sentencia para el 1 de diciembre.
EL FALLO
Con la presencia del mandatario boliviano en el Palacio de la Paz de La Haya y su par chileno instalado en La Moneda junto a sus ministros y otras autoridades, el jueves 1 de diciembre de 2022 la Presidenta del tribunal, Sra. Joan Donoghue, dio lectura a la sentencia.
Chile resultó ser totalmente vencedor. Durante el juicio Bolivia cambió varias veces de posición, llegando incluso a reconocer el carácter internacional del Silala, y con ello el derecho de ambos países al uso equitativo y razonable de sus aguas y que el uso actual que hace Chile de este recurso se apega al derecho internacional. De esta forma, sobre estos tres puntos la Corte dijo que las demandas formuladas por Chile ya no tenían un objeto, y por lo tanto ya no estaba llamada a pronunciarse al respecto. En otras palabras, la CIJ se limitó a constatar que lo que solicitaba Chile fue admitido por Bolivia.
Algo similar ocurrió con los otros puntos de la demanda chilena, la Corte declaró que Bolivia está obligada por el derecho internacional vigente a cumplir con los principios y deberes que rigen los recursos hídricos compartidos, que incluyen la obligación de prevenir la contaminación y daños a las aguas del Silala y de notificar a Chile sobre planes que pudieran afectarlas e iniciar consultas.
Sobre la contrademanda, el tribunal descartó el argumento de Bolivia mediante el cual reclamaba que existen dos cursos de agua en el Silala, uno natural y otro artificial (las canalizaciones realizadas por el Ferrocarril Antofagasta – La Paz en territorio boliviano en 1908), y que Bolivia merecía una compensación económica de Chile por este caudal mejorado. Como la Corte constató, durante el juicio ambas partes reconocieron la aplicación del principio del uso equitativo y razonable de las aguas conforme al cual, independiente de si provienen de un curso natural o artificial, no procede una indemnización.
“Nuestro país puede estar tranquilo con la sentencia de la Corte, hemos obtenido la certeza jurídica que fuimos a buscar y los temas en disputa han quedado resueltos de manera definitiva”, dijo desde La Moneda el presidente Gabriel Boric, junto con reconocer el trabajo del equipo jurídico liderado por la agente Ximena Fuentes y los sucesivos gobiernos que trataron este asunto de Estado.
Con esta sentencia, se cerró el último de los litigios que Chile mantuvo en la Corte Internacional de Justicia y se abrió una nueva etapa en las relaciones con los países vecinos.